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En esta sección podrás conocer los estatutos generales o reglamento interno que rigen la vida de la Asociación Católica de la Juventud Mexicana, podrás conocer los objetivos de esta Asociación, los requisitos para ser miembro y algunos características del logotipo de la A.C.J.M. entre otros muchos detalles. En esta página encontrarás un extracto de los primeros estatutos o bien descarga el siguiente archivo en formato PDF con los estatutos completos. Esperamos sean de utilidad para tu grupo o diócesis.
Descarga Estatutos_ACJM_CNRAE2007.pdf
CAPITULO
PRIMERO
ART.
1 .- La Asociación Católica de la Juventud Mexicana
( A.C.J.M.), es la Organización fundamental de la Acción
Católica Mexicana, que comprende :
ART. 2 .- El fin de la A.C.J.M. es :
ART. 3
.- Para lograr sus fines la A.C.J.M. , atenderá particularmente
a las formaciones y preparación de las inteligencias y las conciencias
juveniles y se valdrá para ello de la piedad , el estudio y la acción
. Estos medios serán reglamentados atendiendo a las necesidades
de los grupos parroquiales .
( CONSAGRACIÓN , BANDERA , DISTINTIVO Y LEMA ) ART. 4 .- La A.C.J.M. esta consagrada a Cristo Rey , proclama como Madre y Reina a la Virgen Santísima de Guadalupe y tiene por sus patronos a San Felipe de Jesús y mártires mexicanos , celebra su fiesta el 5 de Febrero .
ART. 5 .-
3).- El lema de la A.C.J.M. , obligatorio a todos los grupos es : ART.
6 .- La A.C.J.M. permanecerá siempre ajena a todo partido político
y a toda política de partido .
CAPITULO SEGUNDO ART. 7.- La Asociación Católica de la Juventud Mexicana constara :
CAPITULO TERCERO
ART. 8 .- El Grupo Parroquial constara de dos secciones : la sección de socios efectivos y la de socios aspirantes . ART. 9 .- A la sección de los socios efectivos pertenecerán los jóvenes célibes de la parroquia , comprendidos entre los 15 a los 35 años , que cumplan con las siguientes condiciones :
ART. 11 .- La sección de aspirantes dependerá de la directiva del Grupo , pero el asistente eclesiástico ( Sacerdote o Diácono de la Parroquia ) procurara por sí o por medio de un socio debidamente preparado , formar la conciencia cristiana de los socios , la Directiva velara por educarlos en la disciplina y el espíritu de la Asociación . ART. 12 .- Suprimido y/o Derogado ART. . 13 .- Los socios aspirantes están obligados :
ART. 14 .- Los grupos parroquiales serán autónomos en su régimen interior y en la administración de sus fondos . Estarán sin embargo subordinados al Comité Central y al Comité Diocesano respectivo en todo lo que acuerde la Asamblea General o los mismos Comités como obra de carácter nacional y la Asamblea Diocesana como obra de carácter diocesano . ART. 15 .- El Gobierno del grupo Parroquial corresponderá al Comité Parroquial y a la Asamblea Parroquial . ART. 16 .- El Grupo Parroquial estará dirigido por un Comité que consta :
ART. 17 .- Los miembros del comité parroquial son reelegidos pero no pueden ocupar el mismo cargo por mas de dos períodos sin aprobación del párroco y del Comité Diocesano . ART. 18 .- El Comité Parroquial dará al Comité central y al Diocesano , los nombres y las direcciones de sus miembros y los enterara de cualquier cambio ocurra. ART. 19 .- En aquellos lugares lejanos , donde la acción del Comité Parroquial no fuere posible por no ser residencia del párroco , podrá establecerse sub-comites del Comité Parroquial , los cuales se encargaran de llevar a cabo la acción de la A.C.J.M. en su respectiva localidad . ...
ART. 20 .- Las funciones y atribuciones del Comité Parroquial y
de sus miembros serán analogadas a las del Comité Diocesano
y Central de la A.C.J.M.
Hoy
por Hoy , la A.C.J.M. es por Dios y por la Patria
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